Web de Almedinilla

Paisaje y Cultura

Inicio > Oficina Virtual > Trámites Municipales > Solicitud de Inhumación de Cadáveres, Restos y Cenizas

Trámites Municipales

Solicitud de Inhumación de Cadáveres, Restos y Cenizas

  • Objeto del servicio: Solicitud de enterramiento de cadáveres, restos y cenizas.
    El destino final de todo cadáver, resto cadavérico y resto humano será uno de los siguientes:
    • Inhumación.
    • Cremación.
    La inhumación consiste en enterrar a un cadáver.

    ¿Quién debe realizar el trámite?
    La solicitud de inhumación (Documento nº 1) podrá ser formulada tanto por el cónyuge del difunto, no separado legalmente, como por los parientes por consanguinidad, siguiendo el orden previsto en el Código Civil para la sucesión intestada.

    Si el fallecido era soltero, viudo o estaba separado legalmente, la solicitud (Documento nº 1) podrá ser formulada tanto por la persona que conviviere con aquel, como por los parientes por consanguinidad, siguiendo el orden previsto en el Código Civil para la sucesión intestada, asumiendo el declarante la responsabilidad derivada de la manifestación expresada.

    Si el fallecido no convivía con nadie, no tenía cónyuge y tampoco parientes, la solicitud (Documento nº 1) de inhumación podrá ser formulada por cualquier persona que, como consecuencia de un vínculo con aquel, asuma la responsabilidad de su declaración y de la inhumación.

    La condición de cónyuge, pariente o compañero del fallecido, se reconocerá y declarará en la instancia formulada en el Servicio del Cementerio.

    Las declaraciones realizadas por los solicitantes de la inhumación, serán titulo suficiente para proceder a la misma, asumiendo los declarantes las responsabilidades de todo tipo que pudieran derivarse de los datos aportados y de su vinculación con el difunto.
  • Documentación necesaria:
    Para la inhumación de un cadáver son necesarios los siguientes documentos:
    • Solicitud formulada ante el Excmo. Ayuntamiento de Almedinilla.
    • Licencia expedida por el Registro Civil que acredita la inscripción de la defunción y concede permiso para dar sepultura al cadáver, transcurridas veinticuatro horas siguientes al fallecimiento.
    • Documento en el que figuren los datos personales del fallecido
    • Si la inhumación se va a realizar en una unidad de enterramiento previamente concedida, será necesaria la autorización, al menos de uno de los titulares de la misma.
  • Unidad responsable: Concejalía de Cementerio.
  • Dónde:
    Ayuntamiento de Almedinilla
    Servicio de Cementerio
    Pza. de la Constitución nº 1
    14812 Almedinilla (Córdoba)