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Cálculo del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos Urbanos (Plusvalía)

  • Objeto: Este impuesto se debe autoliquidar cuando se transmite un terreno o derecho real.
  • Plazo de solicitud:
    • En las transmisiones entre vivos y en la constitución de derechos reales de goce, así como en las donaciones, dentro de los 30 días hábiles siguientes a aquél en que haya tenido lugar el hecho imponible.
    • En las transmisiones mortis-causa, dentro del plazo de seis meses a contar desde la fecha de fallecimiento del causante o, en su caso, dentro de la prórroga a que se refiere el párrafo siguiente.

      Con anterioridad al vencimiento del plazo de seis meses antes señalado, el sujeto pasivo podrá instar la prórroga del mismo por otro plazo de hasta seis meses de duración, que se entenderá tácitamente concedido por el tiempo concreto solicitado.

  • Documentación necesaria:
    • Fotocopia del DNI o NIF, tarjeta de residencia, pasaporte o CIF del sujeto pasivo.
    • Fotocopia del último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles.
    • Copia simple del documento notarial, judicial o administrativo en que conste el acto, hecho o contrato que origine la imposición.
    • En caso de tramitaciones por causa de muerte, se debe incluir un duplicado o fotocopia del escrito dirigido al abogado licitador del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, o justificante acreditativo de haber practicado autoliquidación del mismo.
  • Quién debe presentarla:
    • En las transmisiones onerosas, el que transmite el terreno o la persona que constituya o transmita el derecho real de que se trate.
    • En las transmisiones a título gratuito, el adquirente del terreno o la persona en cuyo favor se constituya o transmita el derecho real.
  • Normativa: Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
  • Unidad responsable del servicio: Excmo. Ayuntamiento de Almedinilla. Negociado de Tributos.
  • Dónde se presta: Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Almedinilla. Negociado de Plusvalia.